Ley de Infogobierno en Venezuela. (17 de Agosto de 2014)
la ley establece el carácter de obligatoriedad del uso de las tecnologías de en el ejercicio de las competencias del poder público.
la ley de infogobierno establece las normas, principios y lineamientos aplicados a la de la información, con el fin de mejorar la gestión pública y hacerla transparente, facilitar el de las ciudadanas y ciudadanos a la información en sus roles de contralor y , además de promover el desarrollo nacional que garantice la soberanía tecnológica.
el instrumento legal contarán con un plazo de 10 meses para su en vigencia -previsto para agosto de 2014- a partir del cual quedará derogado el decreto presidencial nro 3.390 que establece el uso prioritario de libre en la administración pública nacional; así como el capítulo i del título iii y el título v del decreto con rango, valor y fuerza de la ley sobre acceso e intercambio electrónico de datos, información y documentos entre los órganos y entes del estado.
el instrumento legal contarán con un plazo de 10 meses para su en vigencia -previsto para agosto de 2014- a partir del cual quedará derogado el decreto presidencial nro 3.390 que establece el uso prioritario de libre en la administración pública nacional; así como el capítulo i del título iii y el título v del decreto con rango, valor y fuerza de la ley sobre acceso e intercambio electrónico de datos, información y documentos entre los órganos y entes del estado.
la nueva ley establece que programa informático que se desarrolle, adquiera o implemente en el poder público deberá ser software libre y con estándares abiertos, salvo las excepciones expresamente establecidas en la ley y previa autorización del ente competente.
además, en la ley de infogobierno se establece el carácter de obligatoriedad del uso de las tecnologías de información en el ejercicio de las competencias del poder público dentro de su gestión interna, en sus relaciones con las personas y con el poder popular. de sus fines es facilitar el establecimiento de relaciones entre el poder público y las personas, a través de las tecnologías de información.
están sometidos a la aplicación de esta ley los órganos y entes del poder público nacional, estadal, municipal, en todos los niveles del gobierno, así como en distritos metropolitanos, dependencias federales, el central de venezuela, las universidades, institutos de educación universitaria públicos, las organizaciones del poder popular, y demás personas de derecho público nacionales, estadales, municipales, entre otros.
esta es una ley que entrara en vigencia con un sobre giro en sus realizaciones. ya a estas alturas, en complimiento del degorogado decreto 3390, la migración tendría que ser una realidad, pero debido a las indefiniciones del contenido de este decreto, sobre todo en lo que tiene que ver con las sanciones, sus normativas obligatorias fueron burladas de la manera mas flagrantes y hoy por hoy el panorama es desolador y con la nueva ley, no obstante, se abre otro para la tan anhelada migración.
esta es un ley innovadora, futurista porque garantiza que el poder público y el poder popular tienen que compartir responsabilidades en hacer la migración al software libre.
de igual manera, esta ley establece el régimen sancionatorio. por el ejemplo, el decreto 3390 del año 2004 era una ley netamente sustantiva que hablaba que las instituciones debían hacer proceso de migración. pero poco han acatado este decreto y nace la obligación del estado de crear una normativa que regule tanto la parte sustantiva como la adjetiva en cuanto al procedimiento, es decir, que sea coercitiva, en tanto que fuerce a las personas, a las instituciones tal actividad y la coacción que es la parte sancionatoria.
esta ley establece sanciones en la parte administrativa también en la parte penales y civiles. anteriormente cuando se corrían diferentes procesos cuando una incumplía la normativa se sancionaba a la institución; pero ahora esta ley está dirigida a los responsables: a su director; a las personas encargadas de la parte de software si incumple en cuanto al proceso pueden ser sancionados tanto multa de menor o mayor valor de unidades tributarias que incluso puede ser de apertura de un proceso a través de la contraloría general del estado de la destitución de su cargo.
todos los órganos de poder público nacional estatal y municipal, todas aquellas personas o jurídicas que tengan una vinculación directa con el estado, es decir, consejos comunales, universidades, comunas; todos aquellos organismos que reúnan esas condiciones están obligados a acatar esta ley de infogobierno.
la comunidad del software libre tiene la ingente tarea, a partir del 17 de el mes de agosto de 2014, de permanecer vigilante, en guardia y atentos a las intenciones de burlar la ley, asi como a la formulación de propuestas para el regimen reglamentario de que aún esta pendiente.
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